19 de febrero 2019

MODIFICACIÓN LEGISLATIVA

El día 19 de febrero de 2019 entro en vigor el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, con nuevas modificaciones.

En lo referente a la exigencia por parte de la legislación española, de una antigüedad máxima tanto para el acceso al sector del transporte, como para la renovación de la flota, el Tribunal de Justicia europeo no se pronunció en contra de dicho requisito al revisar el régimen de acceso al sector del transporte en España.

Así, la Comisión Europea no manifestó oposición alguna a dicho requisito durante la tramitación del nuevo texto legal del ROTT, que fue sometido a su consideración en cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada en Febrero de 2018, por la que declaraba ilegal el requisito de flota mínima existente en la regulación española de acceso al sector del transporte por carretera.

La edad media actual de la flota española casi duplica la existente en 2007, en concreto 13 años para los vehículos rígidos, 7’5 años para cabezas tractoras y 9 años en el caso de los vehículos ligeros.

Por lo que la exigencia recogida en el nuevo ROTT de una antigüedad máxima tanto a los que acceden por primera vez como la obligación de rejuvenecer sus vehículos a los que ya operan en el sector y pretender renovar o ampliar su flota, incide de forma muy positiva tanto en la reducción y mejora de los índices de siniestralidad vial que soporta nuestro sector, afortunadamente muy positivos en los últimos años según los datos de la DGT, así como por la contribución a la mejora medioambiental de nuestro entorno en materia de reducción de emisiones, principios ambos que persiguen las políticas europeas en la materia.

En conclusión, la exigencia de una antigüedad máxima tanto para el acceso como para la renovación de la flota de los que ya operan en el sector contribuye a la mejora del medio ambiente y de la seguridad vial.